27-01-2021
La embajada de España en México informó este martes que los viajeros mexicanos que deseen ingresar a esta nación europea deberán presentar una prueba COVID-19 PCR con resultado negativo; la medida comenzará a aplicarse a partir de febrero.
Esta disposición ya se aplicaba a viajeros internacionales procedentes de otros países en riesgo por COVID (en América, Europa, Asia y África), y ahora se incluye a México, que afronta la etapa más crítica de la pandemia, tras superar las 150,000 muertes y 1.77 millones de casos confirmados.
El resultado negativo de la prueba PCR debe ser dentro de un periodo de 72 horas antes de la llegada y los menores de seis años están exentos de esta obligación. El documento que acredite el resultado negativo deberá ser el original (en papel o electrónico) y tiene que contener el nombre y apellido del viajero, el número de pasaporte o DNI, la fecha de realización y los datos de contacto del centro donde se realizó la prueba.
Los pasajeros que provengan de una zona de riesgo sin acreditar un test negativo deberán someterse a la realización de las pruebas que establezcan los servicios de sanidad exterior y esto supone un incumplimiento de la resolución, por lo que se aplicarán sanciones, además del costo de la prueba.
Si las autoridades determinan que, tras la ejecución de los controles de temperatura, visual o documental, existe indicio de padecer COVID-19, los viajeros deberán someterse a la realización de una prueba diagnóstica en el aeropuerto a su llegada a España.
La embajada también instó a las agencias de viajes, operadores turísticos y compañías de transporte aéreo o marítimo que informen a los viajeros de la obligatoriedad de disponer de una PCR con resultado negativo para poder trasladarse e ingresar a la madre patria.
Para saber más sobre esta información visita: exteriores.gob.es